Objetos prohibidos y restringidos

Disposiciones relativas a las mercancías peligrosas transportadas por los pasajeros o la tripulación

 

Las mercancías peligrosas no deben ser transportadas ni dentro o como equipaje facturado, ni como equipaje de mano de los pasajeros o de la tripulación, excepto lo que está previsto a continuación. Las mercancías peligrosas permitidas en el equipaje de mano también se permiten en “la persona”, salvo cuando se especifique lo contrario. 

 

Aerosoles de la División 2.2, no inflamables, no tóxicos

Sin riesgo secundario, para usos deportivos o en el hogar.

Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: X

Armas de electrochoque

(Taser) que contengan mercancías peligrosas tales como explosivos, gases comprimidos, baterías de litio, etc. se prohiben dentro del equipaje de mano, facturado o en la persona.

PROHIBIDO

Artículos medicinales o de tocador, no radiactivos

(incluidos los aerosoles) tales como rociadores para el pelo, perfumes, colonias, y medicinas que contengan alcohol. La cantidad neta total de los artículos medicinales o de tocador, no radiactivos y de los aerosoles de la División 2.2, no inflamables, no tóxicos, no debe exceder de 2 kgr o 2 L y la cantidad neta de cada artículo individualmente no debe exceder de 0,5 kg ó 0,5 L. La válvula de liberación de los aerosoles debe estar protegida por una tapa u otro medio adecuado para prevenir la liberación inadvertida del contenido.

Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

Baterías de litio: Equipo de seguridad que contiene baterías de litio

Se requiere de la aprobación del operador: SÍ

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: X

Baterías de litio: Dispositivos electrónicos portátiles (PED) que contengan pilas o baterías de metal litio o ión litio

Incluidos los dispositivos médicos tales como concentradores de oxígeno portátiles (POC) y dispositivos electrónicos tales como, cámaras, teléfonos celulares, computadoras portátiles y tabletas, cuando son transportados por los pasajeros o la tripulación para uso personal. Para las baterías de litio el contenido de metal de litio no debe exceder 2 g y para las baterías de ion litio la capacidad nominal en vatios hora no debe exceder 100 Wh. Los dispositivos en el equipaje facturado deben apagarse por completo y deben protegerse contra daños. 

Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado:

Permitido dentro o como equipaje de mano:

Baterías de litio de repuesto/sueltas

Con una capacidad nominal superior 100 Wh pero sin exceder los 160 Wh para artículos electrónicos de consumo y dispositivos médicos electrónicos portátiles (PMED) o cuyo contenido de metal de litio es superior a 2 g sin exceder 8 g por dispositivo para efectos de PMED solamente. Un máximo de dos baterías de repuesto en el equipaje de mano solamente. Estas baterías deben estar protegidas individualmente para evitar los cortocircuitos.

Se requiere de la aprobación del operador: SÍ

Permitido dentro o como equipaje facturado: X

Permitido dentro o como equipaje de mano: ✔ 

Baterías de repuesto/sueltas, incluyendo las pilas o baterías de metal litio o ión litio

Para tales artículos electrónicos portátiles deben llevarse en el equipaje de mano solamente. En el caso de las baterías de metal litio, el contenido de metal litio no debe exceder los 2 g y en el caso de las baterías de ion litio, la capacidad nominal no debe exceder de 100 Wh. Los artículos cuyo uso principal es proporcionar energía, por ejemplo los bancos de energía (“power banks”) son considerados como baterías de repuesto. Estas baterías deben estar protegidas individualmente para evitar los cortocircuitos. El límite máximo por persona es de 20 baterías de repuesto.

Se requiere de la aprobación del operador: *NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: ✔ 

*El operador puede aprobar el transporte de más de 20 baterías.

Bebidas alcohólicas

Contenidas en el embalaje original con un volumen de alcohol comprendido entre 24% y 70%, en recipientes que no excedan de 5 L, con una cantidad neta total por persona de 5 Litros. Nota: En el equipaje de mano los líquidos están limitados (en los controles de seguridad) a contenedores de 100 ml y por un máximo de un litro. Cualquier cantidad superior será prohibida.     

Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

Cartuchos de combustible de repuesto para pilas de combustible

Para accionar dispositivos electrónicos portátiles, véase el párrafo 2.3.5.10 para los detalles.

Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: ✔ 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

Cartuchos pequeños de gas no inflamable

Que contengan dióxido de carbono u otro gas adecuado en la división 2.2. Un máximo de dos (2) cartuchos pequeños ubicados en un dispositivo de seguridad autoinflable, como un chaleco salvavidas. Sólo se permite un (1) dispositivo por pasajero y un máximo de dos (2) cartuchos pequeños de repuesto por persona. No más de cuatro (4) cartuchos de hasta 50 ml de capacidad de agua para otros dispositivos (ver párrafo 2.3.4.2).
 

Se requiere de la aprobación del operador: SÍ

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

Cigarrillos electrónicos

(incluye e-cigarros, e-pipas, otros vaporizadores personales) que contienen baterías que deben protegerse individualmente para impedir su activación involuntaria.

Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: NO

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

Cilindros de gas no tóxico ni inflamable utilizado para el funcionamiento de miembros mecánicos

También los cilindros de repuesto de un tamaño similar si se requiere para asegurar un suministro adecuado durante el viaje


Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

Cilindros de oxígeno o aire gaseoso

Requerido con fines médicos. El cilindro no debe exceder de 5 kilogramos peso bruto.

Se requiere de la aprobación del operador: SÍ

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

Nota: No se permite el transporte de los sistemas de oxígeno líquido.

Dispositivos de permeación

Deben cumplir lo dispuesto en A41 (ver 2.3.5.16 para los detalles).

Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: X

 

Dispositivos electrónicos accionados por baterías de litio.

Baterías de ión litio para dispositivos electrónicos portátiles (incluso de uso médico), cuya capacidad nominal es superior a los 100 Wh sin exceder de 160Wh. En el caso exclusivo de dispositivos electrónicos portátiles de uso médico, se permiten baterías de metal litio con un contenido de metal de litio superior a 2 g sin exceder de 8 g. Los dispositivos en el equipaje facturado deben apagarse por completo y deben protegerse contra daños.

Se requiere de la aprobación del operador: SÍ

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

Dispositivos electrónicos portátiles que contengan baterías no derramables

Las baterías deben cumplir A67 y deben ser de 12 V o menos y 100 Wh o menos. Se puede transportar un máximo de 2 baterías de repuesto (ver 2.3.5.13 para los detalles).

Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

 

Elementos discapacitadores

Tales como pimienta en rociador,macé, etc. que contengan una sustancia irritante o discapacitadora, están prohibidos en la persona, en el equipaje facturado y en el equipaje demano.

PROHIBIDO

Embalajes aislados que contengan nitrógeno líquido refrigerado

(envases criogénicos secos), completamente absorbido en material poroso que contenga únicamente mercancías no peligrosas.
 

Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

 

Equipo de detección de agentes químicos

Cuando se transportan por el personal de la Organización para la prohibición de armas químicas en viajes oficiales (ver 2.3.4.4).

Se requiere de la aprobación del operador: SÍ

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

 

Especímenes no infecciosos

Embalados con pequeñas cantidades de líquido inflamable, deben cumplir A180 (ver 2.3.5.14 para los detalles).

Se requiere de la aprobación del operador: NO 

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

 

Fósforos (cerillas) de seguridad (un pequeño paquete) o un encendedor pequeño

Que no contienen combustible líquido no absorbido, que no sea gas licuado, para el uso de un individuo cuando es transportado en el cuerpo de la persona. El combustible para los encendedores y los repuestos para relleno no están permitidos en una persona, ni en el equipaje facturado ni en el equipaje de mano.

Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: en la persona

Permitido dentro o como equipaje de mano: en la persona

 

Nota: No se permiten los fósforos (cerillas) de “encendido universal” (“raspe en cualquier parte”) los encendedores de “llama azul” ni los encendedores de cigarros.

Hielo seco (dióxido de carbono, sólido)

En cantidades que no excedan de los 2,5 kilogramos por persona, en su equipaje facturado o de mano, cuando se utilice para embalar perecederos no sujetos a esta Reglamentación, siempre que el equipaje (embalaje) permita la liberación del gas del dióxido de carbono. Equipaje facturado debe estar marcado con “hielo seco” o “dióxido de carbono, sólido” y con el peso neto de hielo seco o una indicación que hay 2,5 kilogramos o menos de hielo seco.

Se requiere de la aprobación del operador: SÍ

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

 

Hornillos de acampada y contenedores de combustible que hayan contenido combustible inflamable líquido

Con un tanque de combustible y/o un contenedor de combustible vacío (ver 2.3.2.5 para los detalles).

Se requiere de la aprobación del operador:  SÍ

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: X

 

Lámparas de bajo consumo energético

En embalajes de venta al detalle para uso personal o doméstico.

Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

Maletines de seguridad, cajas de seguridad, bolsas de dinero

etc. que incorporenmercancías peligrosas tales como: pilas de litio, y/o material pirotécnico, excepto lo provisto en 2.3.2.6 están totalmente prohibidos. Ver la entrada en 4.2 Lista de Mercancías Peligrosas..

PROHIBIDO

Marcapasos cardíacos radioisotópicos

U otros elementos incluyendo aquellos accionados por pilas de litio implantados en una persona o fijados externamente, elementos radiofarmacéuticos dentro del cuerpo de una persona como el resultado de un tratamiento médico.

Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: en la persona

Permitido dentro o como equipaje de mano: en la persona

 

Munición (cartuchos para armas) embalados en forma segura

(de la División 1.4S ONU 0012 u ONU 0014 solamente), en cantidades que no excedan de 5 kilogramos de peso bruto por persona para el uso de esa persona. Lo permitido para más de una persona no debe ser agrupado en uno o más bultos.

Se requiere de la aprobación del operador: SÍ

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: X

Mochila de rescate para avalanchas

Una (1) por persona, que contengan un cartucho de gas comprimido en la división 2.2. También puede ser equipada con un mecanismo disparador pirotécnico que contenga un máximo de 200 miligramos netos de explosivos de la División 1.4S. La mochila deberá estar embalada de tal manera que no pueda ser activada accidentalmente. Las bolsas de aire dentro de la mochila deberán estar provistas de válvulas liberadoras de presión.

Se requiere de la aprobación del operador: SÍ

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

Motores de combustión interna o de pilas de combustible

Deben cumplir A70 (ver 2.3.5.15 para los detalles).

Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: X

Objetos que producen calor

Tales como linternas subacuáticas (lámparas de buceo) y elementos para soldar bajo el agua (ver 2.3.4.6 para los detalles).

Se requiere de la aprobación del operador: SÍ

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

Pilas de combustible

Para accionar los dispositivos electrónicos portátiles (por ejemplo, cámaras, teléfonos móviles, ordenadores portátiles y cámaras), véase el párrafo 2.3.5.10 para los detalles.

Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: X

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

Rizadores para el cabello que contienen gas hidrocarburo

Hasta uno (1) por persona o miembro de la tripulación siempre que el cobertor esté ajustado en forma segura al elemento calefactor. Estos rizadores no podrán ser utilizados a bordo en ningún momento. Gas de relleno para estos rizadores no está permitido en el equipaje de mano ni en el equipaje facturado.


Se requiere de la aprobación del operador: NO

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

Sillas de ruedas/1

Accionadas por baterías y otros dispositivos motrices con baterías húmedas no derramables o baterías que cumplan la Disposición Especial A123 o A199, (ver 2.3.2.2).

Se requiere de la aprobación del operador: SÍ

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: X

 

 

Sillas de ruedas/2

Impulsadas por baterías y otros dispositivos motrices con baterías derramables o baterías de litio (ver 2.3.2.3 y 2.3.2.4 para los detalles).

Se requiere de la aprobación del operador: SÍ

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: X

 

Sillas de ruedas/3

U otras ayudas motrices similares: impulsadas por baterías de ión litio (plegables), la batería de ión litio debe retirarse y transportarse en la cabina (ver 2.3.2.4(d) para los detalles).

Se requiere de la aprobación del operador:  SÍ

Permitido dentro o como equipaje facturado: X

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

 

 

Termómetro clínico o médico

Que contenga mercurio, uno (1) para uso personal, siempre que vaya en su caja protectora.

Se requiere de la aprobación del operador: NO 

Permitido dentro o como equipaje facturado: 

Permitido dentro o como equipaje de mano: X

Termómetro o barómetro de mercurio

Transportado por un representante de una oficina meteorológica del gobierno o de otra agencia oficial (ver 2.3.3.1 para los detalles).

Se requiere de la aprobación del operador:  SÍ

Permitido dentro o como equipaje facturado: X

Permitido dentro o como equipaje de mano: 

Nota: Las disposiciones indicadas en 2.3 y la Tabla 2.3.A pueden ser limitadas por las variaciones del Estado o del operador. Los pasajeros deberían verificar con la aerolínea cuáles son las disposiciones vigentes.